Tamaño de la letra: pequeña - normal - grande

ORDEN FORAL 37/2003, de 13 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 186 de declaración informativa de las cuentas vivienda, así como los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador

Índice:

Primero. Aprobación del modelo 186 y del soporte directamente legible por ordenador.(*)

Segundo. Sujetos obligados a declarar.

Tercero. Objeto y contenido de la información.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación del modelo 186.

Quinto. Procedimiento para la presentación del modelo 186.

Disposición final

REFERENCIAS NORMATIVAS

ANEXO I

ANEXO II


#
(Boletín Oficial de Navarra nº 26, de 28 de febrero de 2003).
El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 177/1999, de 24 de mayo, en su artículo 53 establece que se considerará que se han destinado a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del sujeto pasivo las cantidades que se depositen en entidades de crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, siempre que los saldos de las mismas se destinen exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del sujeto pasivo.
El apartado 4 del referido artículo 53 señala que el documento acreditativo de la cuenta vivienda deberá consignar, al menos, los siguientes datos:
Titular de la cuenta.
Entidad donde se ha abierto la misma y fecha de apertura.
Número de cuenta.
Resumen de los movimientos habidos durante el año.
Saldo a fin de año.
El artículo 62.4 del citado Reglamento autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para que determine la forma y lugar en que se deben presentar las correspondientes declaraciones informativas, así como el procedimiento y las condiciones en que proceda su presentación en soporte directamente legible por ordenador o por medios telemáticos.
Para dar cumplimiento a lo establecido en estos artículos, y con la finalidad de proporcionar a las entidades de crédito, en las que los sujetos pasivos depositan cantidades en las cuentas vivienda, la seguridad de que sus certificaciones se ajustan al precepto reglamentario, y que la Administración tributaria reciba toda la información que debe contener el documento acreditativo de las cuentas vivienda, resulta necesario aprobar el correspondiente modelo de declaración informativa de las indicadas cuentas.
El artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, atribuye a los Consejeros en relación con las competencias propias de su Departamento el ejercicio, mediante Orden Foral, de la potestad reglamentaria.
En consecuencia, y haciendo uso de tal atribución.
ORDENO:

Primero. Aprobación del modelo 186 y del soporte directamente legible por ordenador.(*)
Uno. Se aprueba el modelo 186 "Declaración informativa de las cuentas vivienda", que figura en el Anexo I de esta Orden Foral. Este modelo de declaración anual consta de una hoja resumen que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
Dos. Se aprueban los diseños físicos y lógicos que figuran en el Anexo II de esta Orden Foral, a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador.
Tres. Será obligatoria, en todo caso, la presentación del modelo 186 en soporte directamente legible por ordenador.
(*) La Orden Foral 147/2021, de 21 de diciembre, de la Consejera de Economía y Hacienda, BON nº 9, de 14.1.2022, con efectos a partir de 1 de enero de 2022, suprime la presentación mediante soporte directamente legible por ordenador de determinados modelos de declaración informativa anual ante la Hacienda Foral de Navarra, entre ellos el modelo 186. Los modelos se presentarán a través del formulario auxiliar de modelos informativos disponible en la página web de Hacienda Foral de Navarra.

Segundo. Sujetos obligados a declarar.
Estarán obligados a presentar el modelo 186 las entidades de crédito depositarias de cantidades en cuentas vivienda de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respecto de aquellas formalizadas a través de establecimientos o sucursales radicados en territorio navarro, a los efectos de la deducción de la cuota íntegra en concepto de inversión en vivienda, según lo establecido en el artículo 62.1 de la Ley Foral de dicho Impuesto.

Tercero. Objeto y contenido de la información.
Se incluirá en el modelo 186, y de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Anexo II de esta Orden Foral, los siguientes datos:
a) Nombre, apellidos y N.I.F. de los titulares de la cuenta vivienda.
b) Identificación de la cuenta vivienda.
c) Fecha de apertura de la cuenta vivienda.
d) Saldo inicial y final de la cuenta vivienda en cada ejercicio.
e) Importe aportado y reintegrado de la cuenta vivienda en cada ejercicio.
f) Porcentaje de participación de cada contribuyente en la cuenta vivienda.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación del modelo 186.
Uno. El modelo 186 en soporte magnético se presentará en el Departamento de Economía y Hacienda.
Dos. La presentación del modelo 186 se realizará en los treinta primeros días naturales del mes de enero de cada año, en relación con la información relativa al año natural inmediatamente anterior (*).
(*) La Orden Foral 4/2016, de 18 enero, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, BON nº 15, de 25.1.2016, con entrada en vigor el 26 de enero de 2016, modifica el plazo de presentación de determinadas declaraciones informativas, entre las que se encuentra el modelo 186, de manera que pasa a presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero, ambos inclusive, de cada año.

Quinto. Procedimiento para la presentación del modelo 186.
Uno. El declarante del modelo 186 presentará los siguientes documentos y soportes:
1. Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja resumen del modelo 186, que deberán estar debidamente firmados, indicando en los espacios correspondientes la identidad del firmante, así como los restantes datos que en la citada hoja resumen se solicitan.
Una vez sellados por la oficina receptora, el declarante retirará el "Ejemplar para el interesado" de la hoja resumen del modelo 186 presentado, que servirá como justificante de la entrega.
2. El soporte directamente legible por ordenador, que deberá tener adherida una etiqueta en el exterior en la que se harán constar los datos que se especifican a continuación y, necesariamente, en este orden:
a) Ejercicio.
b) Modelo de presentación: 186.
c) Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) del declarante.
d) Razón social o denominación del declarante.
e) Domicilio fiscal, municipio y código postal del declarante.
f) Apellidos y nombre de la persona con quien relacionarse.
g) Teléfono y extensión de dicha persona.
h) Número total de registros.
i) Densidad del soporte en disquetes 3 ½" : 720 KB ó 1.44 MB.
Para hacer constar los referidos datos bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que corresponda según la relación anterior.
En caso de que el archivo conste de más de un soporte directamente legible por ordenador, todos llevarán su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc., siendo "n" el número total de soportes de que consta el archivo que será único por presentador. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a), b), c) y d) anteriores.
Dos.- Todas las recepciones de soportes directamente legibles por ordenador serán provisionales, a resultas de su proceso y comprobación. Cuando no se ajusten al diseño y demás especificaciones establecidas en la presente Orden Foral, o cuando no resulte posible el acceso a la información contenida en los mismos, se requerirá al declarante para que en el plazo de diez días hábiles subsane los defectos de que adolezca el soporte informático presentado, transcurridos los cuales, y de persistir anomalías que impidan a la Administración tributaria el acceso a los datos exigibles, se tendrá por no válida la declaración informativa a todos los efectos, circunstancia ésta que se pondrá en conocimiento del obligado tributario de forma motivada.
Tres.- Por razones de seguridad, los soportes legibles directamente por ordenador no se devolverán, salvo que se solicite expresamente, en cuyo caso se procederá al borrado y entrega de los mismos u otros similares.

Disposición final
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y afectará por primera vez a las declaraciones que contengan la información relativa al año 2002.
No obstante, el plazo de presentación de las declaraciones correspondientes al año 2002 será el comprendido entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2003.

REFERENCIAS NORMATIVAS
Texto en vigor de la Orden Foral 37/2003, de 13 de febrero, que incluye las siguientes modificaciones:
1º) Orden Foral 147/2021, de 21 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se suprime la presentación mediante soporte directamente legible por ordenador de determinados modelos de declaración informativa anual ante la Hacienda Foral de Navarra (BON nº 9, de 14.01.22)
El texto completo de cada una de las anteriores normas puede obtenerse acudiendo al BON en el que fueron publicadas o acudiendo a las Recopilaciones Cronológicas tributarias de cada año, ofrecidas también en Internet en la web de la Hacienda Foral de Navarra.
Este texto recoge la presente norma después de tener en cuenta dichas posibles modificaciones, en su redacción en vigor actualizada al día que figura en el lugar de la web de Internet de la Hacienda Foral de Navarra desde donde ha sido obtenido.
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I
Modelo de impreso

ANEXO II
DISEÑOS FÍSICOS Y LÓGICOS DEL SOPORTE DIRECTAMENTE LEGIBLE POR ORDENADOR DEL MODELO 186
A) CARACTERÍSTICAS DE LOS SOPORTES MAGNÉTICOS MODELO 186.
Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de las declaraciones informativas de cuentas vivienda (modelo 186) habrán de cumplir las siguientes características:
Cinta magnética:
Pistas: 9.
Densidad: 1.600 ó 6.250 BPI.
Código: EBCDIC, en mayúsculas.
Etiquetas: Sin etiquetas.
Marcas: En principio y fin de cinta.
Registros de: 250 posiciones.
Factor de bloqueo: 10.
Disquetes:
De 3½" doble cara. Doble densidad (720KB). Sistema operativo MS-DOS y compatibles.
De 3½" doble cara. Alta densidad (1.44MB). Sistema operativo MS-DOS y compatibles.
Código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.
Registros de: 250 posiciones.
Los disquetes de 3½" deberán llevar un solo fichero, cuyo nombre será CEXXXX, siendo XXXX las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración, conteniendo este único fichero los diferentes tipos de registros y en el orden que se menciona en el apartado B).
Si el fichero ocupa más de un disquete, deberá particionarse en tantos ficheros como sea necesario. Cada uno de los ficheros parciales tendrá la denominación CExxxx.NNN (NNN=001,002,...), siendo xxxx las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración y NNN el número consecutivo del fichero comenzando por el 001.
Los archivos parciales contendrán siempre registros completos, es decir, nunca podrá particionarse el fichero dejando registros incompletos en los ficheros parciales.
B) DISEÑOS LOGICOS MODELO 186.
DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS
Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y hoja-resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.
Tipo 2: Registro de declarado. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden Foral.
El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como declarados tenga la declaración.
Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas.
Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la "Ç" (cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).
Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.
Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.
MODELO 186
A) TIPO DE REGISTRO 1: REGISTRO DEL DECLARANTE(Posiciones, naturaleza y descripción de los campos)
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO.Numérico de una posición.Constante '1'(uno).
2-4NuméricoMODELO DECLARACIÓN.Numérico de 3 posiciones.Constante '186'.
5-8NuméricoEJERCICIO.Numérico de 4 posiciones.Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
9-17AlfanuméricoNIF DEL DECLARANTE.Alfanumérico de 9 posiciones.Se consignará el NIF del declarante.Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y forma de utilización del NIF, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.
18-57AlfanuméricoRAZÓN SOCIAL DEL DECLARANTE.Alfanumérico de 40 posiciones.Se consignará la razón social completa sin anagrama.En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.
58AlfabéticoTIPO DE SOPORTE.Alfabético de una posición.
'C':Si la información se presenta en cinta magnética.
'D':Si la información se presenta en disquete.
‘T’Transmisión telemática.
59-107AlfanuméricoPERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.Alfanumérico de 49 posiciones.Datos de la persona con quién relacionarse.Este campo se subdivide en:
59-67TELÉFONO.Numérico de 9 posiciones.
68-107APELLIDOS Y NOMBRE.Alfabético de 40 posiciones.Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.
108-120NuméricoNUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACIÓN.Numérico de 13 posiciones.Se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración.
121-122AlfabéticoDECLARACIÓN COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA.En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos:
121DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA.Alfabético de una posición.Se consignará una "C" si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir cuentas vivienda que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidas en la misma.
122DECLARACIÓN SUSTITUTIVA.Alfabético de una posición.Se consignará una "S" si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior.
123-135NuméricoNUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACIÓN ANTERIOR.Numérico de 13 posiciones.Unicamente en el caso de que se haya consignado "S" en el campo "Declaración Sustitutiva" se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración a la que sustituye.En cualquier otro caso deberá rellenarse a CEROS.
136-144NuméricoTOTAL DECLARADOS.
Alfanumérico de 9 posiciones.
Se consignará el número total de declarados en el soporte para este declarante.Si un mismo declarado figura más de una vez en el soporte, se computarán tantos declarados como veces aparezca relacionado.
145-159NuméricoIMPORTE TOTAL DE LAS APORTACIONES EFECTUADAS.Numérico de 15 posiciones.Deberá consignar sin signo y sin decimales la suma de las cantidades reflejadas en los campos "Importe de las aportaciones durante el ejercicio" (posiciones 124-138) correspondientes a los registros del declarado (registros de tipo 2).Este campo se subdivide en dos:
145-157Parte entera del importe de las aportaciones efectuadas; si no tiene contenido se consignará a ceros.
158-159Parte decimal del importe de las aportaciones efectuadas; si no tiene contenido se consignará a ceros.
160-174NuméricoIMPORTE TOTAL DE LAS DISPOSICIONES EFECTUADAS.Numérico de 15 posiciones.Deberá consignar sin signo y sin decimales la suma de las cantidades reflejadas en los campos "Importe de las disposiciones durante el ejercicio" (posiciones 139-153) correspondientes a los registros del declarado (registros de tipo 2).Este campo se subdivide en dos:
160-172Parte entera del importe de las disposiciones efectuadas; si no tiene contenido se consignará a ceros.
173-174Parte decimal del importe de las disposiciones efectuadas; si no tiene contenido se consignará a ceros.
175-189NuméricoSALDO TOTAL A 31 DE DICIEMBRE.Numérico de 15 posiciones.Deberá consignar sin signo y sin decimales la suma de las cantidades reflejadas en los campos "Saldo final del ejercicio" (posiciones 154-168) correspondientes a los registros del declarado (registros de tipo 2).Este campo se subdivide en dos:
175-187Parte entera del importe de los saldos finales; si no tiene contenido se consignará a ceros.
188-189Parte decimal del importe de los saldos finales; si no tiene contenido se consignará a ceros.
190-250-BLANCOS
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 186
B) TIPO DE REGISTRO 2: REGISTRO DEL DECLARADO
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO. Numérico de una posición.Constante '2'(dos).
2-4NuméricoMODELO DECLARACIÓN.Numérico de 3 posiciones.Constante '186'.
5-8NuméricoEJERCICIO. Numérico de 4 posiciones.Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.
9-17AlfanuméricoNIF DEL DECLARANTE.Alfanumérico de 9 posiciones.Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.
18-26AlfanuméricoNIF DEL DECLARADO.Alfanumérico de 9 posiciones.Se consignará el NIF del titular de la cuenta vivienda (el declarado). Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y relleno de ceros a la izquierda.
27-35AlfanuméricoNIF DEL REPRESENTANTE LEGAL.Alfanumérico de 9 posiciones.Si el declarado es menor de edad se consignará en este campo el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y relleno a ceros a la izquierda.En cualquier otro caso, el contenido de este campo se rellenará a espacios.
36-75AlfanuméricoAPELLIDOS Y NOMBRE DEL DECLARADO.Numérico de 15 posiciones.Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden.
76-77NuméricoCÓDIGO PROVINCIA.Numérico de 2 posiciones.Con carácter general, se consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación:
ALAVA01
ALBACETE02
ALICANTE03
ALMERIA04
ASTURIAS33
AVILA05
BADAJOZ06
BARCELONA08
BURGOS09
CACERES10
CADIZ11
CANTABRIA39
CASTELLON12
CEUTA51
CIUDAD REAL13
CORDOBA14
CORUÑA, A15
CUENCA16
GIRONA17
GRANADA18
GUADALAJARA19
GUIPUZCOA20
HUELVA21
HUESCA22
ILLES BALEARS07
JAEN23
LEON24
LLEIDA25
LUGO27
MADRID28
MALAGA29
MELILLA52
MURCIA30
NAVARRA31
OURENSE32
PALENCIA34
PALMAS, LAS35
PONTEVEDRA36
RIOJA, LA26
SALAMANCA37
S.C. TENERIFE38
SEGOVIA40
SEVILLA41
SORIA42
TARRAGONA43
TERUEL44
TOLEDO45
VALENCIA46
VALLADOLID47
VIZCAYA48
ZAMORA49
ZARAGOZA50
78-97AlfanuméricoIDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA VIVIENDA.Alfanumérico de 20 posiciones.Se hará constar el número de la cuenta vivienda asignado por la Entidad.
98-105NuméricoFECHA DE APERTURA DE LA CUENTA VIVIENDA.Numérico de 7 posiciones.Se hará constar la fecha de apertura de la cuenta vivienda.Este campo se subdivide en tres:
98-101Numérico – Año
102-103Numérico – Mes
104-105Numérico – Día
106-108AlfanuméricoBlancos
109-123NuméricoSALDO INICIAL DEL EJERCICIO.Numérico de 15 posiciones.Se consignará sin signo y sin decimales el importe del saldo de la cuenta al comienzo del año.Este campo se subdivide en dos:
109-121Parte entera del importe del saldo inicial del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
122-123Parte decimal del importe del saldo inicial del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
Este importe no se prorrateará en el caso de que la cuenta vivienda corresponda a varios partícipes.
124-138NuméricoIMPORTE DE LAS APORTACIONES DURANTE EL EJERCICIO.Numérico de 15 posiciones.Se consignará sin signo y sin decimales el importe de las aportaciones a la cuenta vivienda que durante el ejercicio haya efectuado el declarado.Este campo se subdivide en dos:
124-136Parte entera del importe de las aportaciones del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
137-138Parte decimal del importe de las aportaciones del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
Este importe no se prorrateará en el caso de que la cuenta vivienda corresponda a varios partícipes.
139-153NuméricoIMPORTE DE LAS DISPOSICIONES DURANTE EL EJERCICIO.Numérico de 15 posiciones.Se consignará sin signo y sin decimales el importe de las disposiciones de la cuenta vivienda que durante el ejercicio haya efectuado el declarado.Este campo se subdivide en dos:
139-151Parte entera del importe de las disposiciones del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
152-153Parte decimal del importe de las disposiciones del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
Este importe no se prorrateará en el caso de que la cuenta vivienda corresponda a varios partícipes.
154-168NuméricoSALDO FINAL DEL EJERCICIO.Numérico de 15 posiciones.Se consignará sin signo y sin decimales el importe del saldo final de la cuenta vivienda en el ejercicio.Este campo se subdivide en dos:
154-166Parte entera del importe del saldo final del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
167-168Parte decimal del importe del saldo final del ejercicio. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
Este importe no se prorrateará en el caso de que la cuenta vivienda corresponda a varios partícipes.
169-174NuméricoPORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN.Numérico de 6 posiciones.En el caso de varios titulares se relacionarán tantos registros como titulares, consignando en cada uno de ellos el porcentaje de participación.Este campo se subdivide en dos:
169-171Parte entera. Se consignará la parte entera del porcentaje. Si no tiene se consignará a ceros.
172-174Parte decimal. Se consignará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene se consignará a ceros.
Si la cuenta tiene un solo titular, se consignará 100 en la parte entera y 000 en la parte decimal.
175-250-BLANCOS
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.